
“(…) debe prevalecer la libertad de expresión [sobre el derecho al honor] cuando, como aquí sucede, las retribuciones económicas que la actora obtiene por la aplicación del canon a determinados soportes motivan siempre la polémica y posturas enfrentadas entre los distintos sectores de la sociedad, partidos políticos, es una cuestión que está en la calle por afectar a los consumidores en general y que se vio reavivada con la modificación de la Ley de Propiedad Intelectual en los relativo a la extensión del canon al soporte digital, por lo que es una cuestión opinable, sometida a debate con posibilidad de contradicción y, crítica y si bien los términos empleados para este fin son ásperos y duros, reflejan el sentir de un sector de la sociedad que entiende que el sistema que tiene y utiliza la actora para financiarse es desproporcionado y excesivo, y que se está produciendo un enriquecimiento injusto (sea incierto o no) en detrimento de su propio patrimonio, al verse éste gravado con un canon que la actora aplica de forma indiscriminada, con independencia de que se haga uso o no de determinados soportes, y en ese sentido es en el que ha de entenderse las expresiones recogidas en el comentario citado, por lo que se entiende que no existe intromisión ilegítima en el derecho al honor de la actora (…).
Recurriran, pero de momento una pequeña victoria. A por mas…
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Mas claro, agua.
Solo una forma legal de esos dos vocablos. Es una barbaridad todo lo que he leido de la SGAE. Soy de Nicaragua, pero aqui en mi pais hay un par de autores bajo las faldas de la innombrable que tienen demandas abiertas contra medios de prensa e incluso el gobierno.
Me parece ridiculo que alguien no se pueda quejar de esas garrapatas chupasangre, o que se le abra proceso legal solo por señalar a esa mafia de cometer robo.
Por hacer una comparación, nadie defendió a las fábricas de CRT cuando se impuso la LCD. ¿Porqué se empeñan en mantener un modelo de negocio como el audiovisual en la era de Internet?. Las salas de concierto están mas llenas que nunca a pesar de que no se vendan discos, lo cual quiere decir que la gente está por la música y no tanto por un modelo de negocio anticuado que se mantiene a base de prácticas sicilianas como el canon digital.
“…se está produciendo un enriquecimiento injusto (sea incierto o no) en detrimento de su propio patrimonio, al verse éste gravado con un canon que la actora aplica de forma indiscriminada, con independencia de que se haga uso o no de determinados soportes…”
Zas en toda la boca.
PD. Super te leo todos los días, hasta cuando no has escrito; gracias a tí mi Intrépida Cabra, literalmente vuela.
Superpiwi, un gusto de nuevo leerte por aquí.
Respecto a la noticia, haría falta muchos jueces como este para poner cada cosa en su sitio.
La era de Internet ha abierto un mundo nuevo y tanto el autor como el usuario de la red han de adaptarse. No valen cánones por sospecha y preventivos, tampoco se puede poner barreras al campo. Una persona que se dedica a algo y no vende lo que hace siempre tiene que buscarse la vida por otro lado, no pedir subvenciones al ciudadano que no tiene culpa de su poca fortuna o escaso talento. Otros pueden vivir TRABAJANDO, dando conciertos, acudiendo a programas etc. Ellos, una minoría, que se junta al lado del poder, quiere imponer a una mayoria, y no pasarán.
Un magnífico artículo escrito por un autor contrario a la SGAE.